Calculadora CTS

Compensación por Tiempo de Servicios

1

Base Laboral

Meses6
Días0
Tiempo Computable Detectado
2

Remuneración Computable

S/
S/
Hijos MenoresAsig. Familiar
S/

Seleccionar Régimen Laboral

Monto Estimado del Depósito
S/0.00
Por MesesS/ 0.00
Por DíasS/ 0.00

Remuneración Computable (RC)

Sueldo + Asig. Fam:S/ 0.00
1/6 Gratificación:S/ 0.00
Promedio Variables:S/ 0.00
Fondo RC Mensual:S/ 0.00

Nota: La CTS debe ser depositada en la cuenta bancaria elegida por el trabajador. El exceso de 4 sueldos es de libre disponibilidad por ley.

Todo sobre la CTS en el Perú

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social que tiene la función de previsión frente a la contingencia del cese en el empleo.

  • ¿Cuándo se deposita?: Los empleadores deben realizar el depósito en los meses de Mayo y Noviembre de cada año.
  • Requisitos: Debes haber laborado al menos un mes completo en el semestre y trabajar una jornada mínima de 4 horas diarias.

El cálculo de la CTS se basa en la remuneración computable percibida por el trabajador al 30 de abril o 31 de octubre del semestre respectivo.

  • Fórmula: Se suma el sueldo bruto, la asignación familiar y un sexto (1/6) de la última gratificación.
  • Régimen: Beneficio exclusivo para trabajadores del régimen laboral privado.